¿Qué dice la normativa legal en Ecuador?
Nuestras mascotas, sin duda, forman una parte integral de nuestras vidas y para muchos son consideradas como miembros de la familia. Sin embargo, la normativa legal ecuatoriana aún no ha evolucionado para reflejar este vínculo afectivo en términos de herencia.
En primer lugar, es esencial entender qué dice el Código Civil Ecuatoriano sobre la herencia y las mascotas. Según el Libro III del Código Civil de Ecuador, que trata de la «Sucesión por causa de muerte y donaciones entre vivos», la herencia se distribuye entre los herederos, quienes deben ser personas naturales o jurídicas.
Como tal, el artículo 667 del Código Civil define que el acto de testar consiste en la manifestación por el testador de sus últimas voluntades. Mediante este acto, puede determinar qué se hará con su patrimonio después de su fallecimiento. Este patrimonio puede incluir propiedades, cuentas bancarias, joyas, entre otros.
Según los Artículos 730 a 1042, la herencia puede pasar a personas naturales o jurídicas que deben tener la capacidad de adquirir y administrar los bienes. Como las mascotas no se consideran ni personas naturales ni jurídicas según la ley ecuatoriana, no pueden ser nombradas como herederas.
Comparación con otras legislaciones
Contrasta esto con la legislación de ciertos estados en los Estados Unidos, que permiten la creación de los llamados «pet trusts» o «fideicomisos para mascotas». Estos instrumentos legales posibilitan a los propietarios asignar un fondo y nombrar a un cuidador para el bienestar de la mascota después de su muerte. Del mismo modo, en Francia, una reforma legal del año 2015 reconoció a las mascotas como seres vivos sensibles, cambiando su estatus legal de ser meramente propiedad.
Una perspectiva legalista
Aunque el panorama legislativo internacional parece inclinarse hacia un mayor reconocimiento de los derechos de las mascotas, en el contexto ecuatoriano debemos adherirnos a la realidad legal existente. La ley ecuatoriana actual no reconoce a las mascotas como posibles herederos y las trata como propiedad. En términos legales, se podría argumentar que otorgar derechos de herencia a las mascotas puede complicar significativamente el derecho sucesorio, un campo del derecho que ya es lo suficientemente complejo.
Además, en la actualidad, la legislación ecuatoriana simplemente no proporciona un mecanismo legal que permita a las personas dejar herencias a sus mascotas. Aunque esto pueda parecer desalentador para los dueños de mascotas que desean garantizar el cuidado de sus animales después de su muerte, es importante recordar que la ley se basa en principios establecidos y cambia lentamente.
Conclusión
En conclusión, la barrera legal actual en Ecuador es clara: no puedes dejar tu herencia a tus mascotas. Aunque existen debates y movimientos en otras partes del mundo para cambiar esta percepción y adaptar la legislación a las nuevas realidades, en Ecuador debemos navegar según las leyes existentes.
Para aquellos que deseen garantizar el bienestar de sus mascotas después de su fallecimiento, es recomendable explorar otras opciones, en lugar de dejar una herencia directamente a una mascota, una alternativa legalmente viable sería establecer un fideicomiso con un cuidador de confianza como beneficiario, cuya función sería usar los recursos del fideicomiso para el cuidado de la mascota.
Otra opción es hacer una donación a una organización benéfica para animales con la condición de que se cuide de tu mascota. Esto no solo proporcionaría a tu mascota la atención que necesita, sino que también ayudaría a otros animales en situaciones difíciles.
Aunque la ley puede no reconocer a nuestras mascotas como herederos, eso no impide que hagamos planes para su cuidado futuro.